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Subsidio Personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva y tienen responsabilidades familiares

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica el Subsidio para Personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva y tienen responsabilidades familiares, a fin y efecto de dar coberturas a este colectivo que pueden estar en dificultades económicas.

Subsidio Personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva y tienen responsabilidades familiares :

Se trata de una ayuda para las personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva y tienen personas a su cargo (hijos, personas mayores) y no pueden hacer frente a la situación económica.

Requisitos para acceder a esta ayuda :

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación, sin haber rechazado Oferta de colocación adecuada , ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional desde el agotamiento de la prestación contributiva.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener responsabilidades familiares.

Si la persona trabajadora tuviera derecho al » subsidio por desempleo paa trabajadores mayores de 55 años» percibiría éste. Puedes obtener más información en el teléfono de atención al ciudadano 901 11 99 99.

Duración de la ayuda :

Seis meses prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, con las siguientes excepciones:

  • Las personas menores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.
  • Las personas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.
  • Las personas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a dos prórrogas de 6 meses cada una, hasta totalizar 30 meses.

La edad debe tenerse en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

Cuantía de la ayuda :

  • La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples:  426 euros/mes en 2012.
  • Para las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 55 años se ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio.

Documentación necesaria :

  • Modelo oficial de solicitud
  • Documento de identificación de la persona solicitante e hijos o hijas que conviven o están a su cargo que figuren en la solicitud (solamente es necesaria su exhibición para verificar los datos):
    • Documento Nacional de Identidad / tarjeta de identidad del extranjero.
    • Libro de Familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.
  • En caso de que la entidad gestora lo requiera debe presentar el justificante de rentas.

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