Contrato en Prácticas SEPE.ES

Si estás interesado en conseguir un contrato en prácticas SEPE.ES, debes saber que es un trámite que se puede realizar de forma sencilla y rápida por internet. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece la posibilidad de solicitar este tipo de contratación a través de su página web oficial, donde encontrarás toda la información y documentación necesaria para iniciar el proceso de forma eficiente y eficaz. ¡No esperes más y haz tu solicitud hoy mismo!

SEPE.ES pone a tu disposición la modalidad de Contrato en Prácticas para todos los que tengan formación o certificado de profesionalidad.

#1: A quién se Destina el Contrato de Prácticas

El contrato de prácticas va destinado a personas con formación universitaria, formación de grado superior o títulos reconocidos como equivalentes.

  • Dato Importante: Un certificado de profesionalidad que habilite para el ejercicio profesional

Las personas serán seleccionadas según las leyes que regulan del sistema educativo vigente.

#2: Ventajas para las Empresas Contrato de Prácticas SEPE

Las empresas que otorguen contratos de prácticas a trabajadores con discapacidad tendrán beneficios económicos.

Tendrán derecho a una reducción del 50% a la cuota empresarial de la seguridad social durante la vigencia del contrato.

Las empresas que mantengan un contrato de prácticas con un empleado pero quieran llegar a más también serán abonadas con ventajas.

Las empresas tendrán idénticas bonificaciones establecidas en el apartado 2 del artículo 7 de la Ley 3/2012.

Esta bonificación consiste en las cuotas empresariales a la Seguridad Social consistente en 500 Euros durante tres años.

#3: Qué Duración y Retribución tiene un Contrato de Prácticas

La duración de un contrato de prácticas no puede exceder más de los 2 años y tampoco puede ser menor a 2 meses.

Si el contrato es inferior a dos años se podrá solicitar una prórroga si las dos partes lo ven conveniente.

El contrato y su duración tendrá las siguientes variantes a tener en cuenta:

  • Un mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio o de certificado de profesionalidad de nivel 1 o nivel 2.
  • Dos meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior o de certificado de profesionalidad de nivel 3, salvo lo dispuesto en convenio colectivo.

La retribución del salario será del 60% o al 75% equivalente al puesto de trabajo natural sin prácticas, durante el primero o el segundo años de vigencia del contrato.

Nunca podrá ser inferior a el salario mínimo interprofesional.

Enlace | SEPE



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