Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos de Género

Esta información sobre las Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos de Género corresponden a la siguientes comunidades:

  • Comunidades Autónomas de Castilla León, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia, Baleares y Ceuta y Melilla.

Las oficinas de asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos de Género están encargadas de disciplinar a las víctimas que sufren este tipo de violencia.

Estas oficinas están a cargo del Ministerio de Justicia bajo la aprobación de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito (BOE de 28 de abril de 2015) y del Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre.

Por esta ley se desarrolla la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito y se regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito.

Para más información debes consultar toda la información en la página web del Ministerio de Justicia.

Enlace | Ministerio de Justicia



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