Notificación de la Administración Pública en los Procedimientos Administrativos

El Ministerio del Interior nos expone brevemente la Notificación de la Administración Pública en los Procedimientos Administrativos.

Notificación de la Administración Pública en los Procedimientos Administrativos

La administración pública esta obligada a notificar de forma expresa la resoluciones adoptadas en el procedimiento administrativo. A excepción de  los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación a la Administración.

En el resto de procedimientos, ya sean iniciados de oficio o a instancia del interesado, la Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla.

En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como de desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

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