Efecto de la Falta de Resolución expresa en Procedimientos Iniciados de Oficio

El Ministerio del Interior nos expone brevemente el Efecto de la Falta de Resolución expresa en Procedimientos Iniciados de Oficio.

Efecto de la Falta de Resolución expresa en Procedimientos Iniciados de Oficio

El efecto de la falta de resolución expresa en procedimientos inciados de oficio dependerá del tipo de procedimiento. Si se trata procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables, los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. En cambio, los procedimientos en los que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de causar efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad. En estos casos, la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones.

Debe adelantarse aquí que la caducidad no provocará por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción.

En los casos en los que sea posible la iniciación de un nuevo procedimiento por no haberse producido la prescripción, podrán incorporarse a este los actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse producido la caducidad. En todo caso, en el nuevo procedimiento deberán cumplimentarse los trámites de alegaciones, proposición de prueba y audiencia al interesado.

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