Cancelación de Antecedentes Policiales

El Ministerio del Interior nos expone de forma breve la Cancelación de Antecedentes Policiales.

Cancelación de Antecedentes Policiales

El derecho de acceso a los fjcheros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado viene consagrado en el artículo 104 de nuestra Constitución y desarrollado por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de los datos de carácter personal.
Dicho derecho, así como los de información, rectifjcación y cancelación, son derechos personalísimos independientes, de tal forma que el ejercicio de uno no es requisito para el otro, estando regulados en su aspecto material por la Ley Orgánica citada, cuyo de­ sarrollo se complementa por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

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