¿Cuándo responde colpensiones por las incapacidades?

El Sistema General de Seguridad Social de Salud Colombiano nos explica ¿Cuándo responde colpensiones por las incapacidades?

¿Cuándo responde colpensiones por las incapacidades?

A partir del día ciento ochenta y uno (181) de incapacidad, hasta por un término máximo de trescientos sesenta (360) días calendario adicionales a los primeros ciento ochenta (180) días de incapacidad reconocida por la Entidad Promotora de Salud – EPS, y derivadas de accidente o enfermedad de origen común, según lo establecido en el artículo 206 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 142 del Decreto 0019 de 2012.

Enlace | ¿Cuándo responde colpensiones por las incapacidades?



Encuentra el trámite que estás buscando en Renovar Papeles

En Renovar Papeles hemos resuelto más de 100.000 consultas de trámites en línea con nuestros lectores y editores con conocimientos en extranjería y trámites online para servicios en línea en más de 10 países de habla hispana. ¿Tienes alguna duda?

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *