Certificados energéticos

Las comunidades de propietarios deben estar muy atentas a los requisitos sobre Certificados energéticos.

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Certificados energéticos

A partir del 1 de Junio de 2013 todas las viviendas en alquiler o venta tienen que disponer de certificados energéticos. De no ser así el propietario se enfrentará a sanciones de hasta 60.000 € y no podrá realizar la venta o alquiler.

¿Qué es el certificado energético en Edificios existentes?

El certificado energético se un documento en el que se plasma la eficiencia energética de un inmueble. La Calificación Energética se representará mediante una etiqueta con letras y colores, del mismo estilo de las utilizadas actualmente para determinar la eficiencia energética de los electrodomésticos. Este certificado energético, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir un documento de recomendaciones para la mejora. De este modo el propietario de la vivienda podrá realizar las modificaciones oportunas para ahorrar dinero en la energía consumida por su inmueble.

¿Cómo obtener mis certificados energéticos?

Los certificados energéticos podrán realizarlos aquellas personas con la formación y acreditación de arquitectos o ingenieros ya sea de grado superior o medio.

¿qué ocurre si no dispongo del certificado energético?

Se establecen diversas sanciones para aquellos individuos con obligatoriedad de poseer certificado energético de sus propiedades y que no lo tengan en orden. Estas sanciones por no estar en posesión de los certificados energéticos correspondientes a cada vivienda oscilarán entre los 3.005,06€ y los 601.012,10€. Además los contratos de compra-venta o arrendamiento realizados sin el correspondiente certificado energético podrán ser declarados nulos.

¿Quién debe poseer el certificado energético?

Será obligación del propietario, o promotor, de una vivienda que quiera ponerla en venta o alquiler estar en posesión del certificado energético y ponerlo a disposición de los nuevos propietarios, inquilinos e incluso de cualquier interesado. Se deberá incluir el certificado energético en todo anuncio o promoción de la vivienda. La no inclusión de la calificación energética en los anuncios conllevará importantes sanciones que afrontará el propietario y/o la inmobiliaria.

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