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Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura

El Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura es una herramienta fundamental para la gestión de la migración laboral en muchos países. Se trata de un listado elaborado por las autoridades competentes que identifica las profesiones y trabajos que no pueden ser cubiertos por la oferta de empleo nacional debido a la falta de trabajadores capacitados o especializados en esas áreas.

Este catálogo permite a las empresas solicitar el ingreso de trabajadores extranjeros para cubrir las vacantes existentes en su país. También facilita el proceso para obtener la autorización de residencia y trabajo para estos trabajadores, ya que se considera que su presencia es necesaria para el desarrollo económico en sectores específicos. Además, el catálogo se revisa periódicamente para incluir nuevas ocupaciones que puedan ser consideradas de difícil cobertura y así adaptarse a las necesidades del mercado laboral.

Sin embargo, esta herramienta también ha sido objeto de críticas debido a que puede generar desigualdades entre los trabajadores locales y los migrantes. Es importante que su uso sea vigilado y regulado adecuadamente para asegurar que se respeten los derechos laborales de todos los trabajadores involucrados y que el proceso de selección sea justo y transparente.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura a fin y efecto de explicar como se produce este tipo de contratación para personas extranjeras que se vean afectadas por esta normativa.

El Catálogo de ocupaciones difícil cobertura

El catálogo de ocupaciones de difícil cobertura contiene las ocupaciones en las que la Dirección General de Empleo ha encontrado dificultad para gestionar las ofertas de empleo, que los empleadores presentan cuando quieren cubrir puestos de trabajo vacantes. La presencia de una ocupación en el catálogo implica para el empleador la posibilidad de tramitar la autorización para residir y trabajar a un trabajador extranjero.

Este catálogo tiene carácter trimestral, y su vigencia es desde el primer hasta el último día laborable del trimestre natural siguiente al de su publicación.

En el caso de que la ocupación no esté incluida en el catálogo, el empleador deberá presentar, junto con la solicitud de una oferta de empleo, un certificado, expedido por la Dirección Generald e Empleo en el que se especifique dicha circunstancia.

Enlace| Catálogo de ocupaciones difícil cobertura



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