Novedades en Extranjería para Rumanos y Búlgaros

Recientemente se han implementado nuevas medidas en el campo de la extranjería para ciudadanos rumanos y búlgaros en diferentes países de la Unión Europea. Estas nuevas políticas tienen como objetivo facilitar la integración de estos ciudadanos en los países de acogida y prevenir posibles abusos en los sistemas de asilo y migración.

Una de las principales novedades es la ampliación de la duración del permiso de residencia a cinco años en algunos países, en lugar de los dos años que se otorgaban anteriormente. Esto les da a los ciudadanos rumanos y búlgaros una mayor estabilidad y les permite establecerse y desarrollar sus vidas en el país de acogida de manera más efectiva.

Otra medida importante es la simplificación del proceso de solicitud de residencia, lo que agilizará el tiempo de espera y reducirá la burocracia. Además, se han establecido programas de integración para facilitar la adaptación de estos ciudadanos a la cultura y sociedad del país de acogida.

Estas novedades en extranjería son un paso importante hacia una mejor integración de los ciudadanos rumanos y búlgaros en la Unión Europea, promoviendo una migración segura y beneficiosa tanto para los países de origen como para los de acogida. Sin duda, estas medidas son un avance significativo en la promoción de la libre circulación y el fortalecimiento de la ciudadanía europea.

El Ministerio del Interior nos expone brevemente las Novedades en Extranjería para Rumanos y Búlgaros, a fin y efecto de aclarar tan importantes novedades.

Novedades en Extranjería para Rumanos y Búlgaros

Los trabajadores de Rumanía y Bulgaria ya pueden trabajar, a partir del 1 de enero de 2014, en cualquier país de la UE sin necesidad de permiso de trabajo.
Instrucción 5 del 2013 de la Secretaría General de Inmigración
Es decir, desde el 1 de enero de 2014 los ciudadanos rumanos y búlgaros podrán residir y trabajar en España en igualdad de condiciones que cualquier otro ciudadano de la Unión Europea al quedar derogadas las Instrucciones SGIE/3/2012 y SGIE/1/2012, sobre régimen de aplicación a los trabajadores por cuenta ajena nacionales de Rumanía y sus familiares. Por lo tanto, ayer 31 de diciembre finalizó la suspensión temporal de la aplicación de los artículos 1 a 6 del Reglamento (UE) nº 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, con respecto a los trabajadores
Los nacionales de Bulgaria y Rumanía, que se sumaron al club europeo en 2007, ya podían desplazarse con libertad por toda la Unión desde esa fecha, así como establecerse y trabajar sin permiso en 19 de los 28 Estados miembros.
Sin embargo, ocho países comunitarios -Bélgica, Alemania, Francia, Luxemburgo, Malta, Holanda, Austria y el Reino Unido- aplicaban restricciones al movimiento de trabajadores de estos dos países como medida temporal, mientras que España lo hacía para ciudadanos rumanos.
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