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Tasas permitidas de alcohol en sangre y aire espirado

La DGT Dirección General de Tráfico nos explica las Tasas permitidas de alcohol en sangre y aire espirado, a fín y efectro de mejorar la seguridad al volante y evitar las malas praxis en la conducción.

Dirección General de Tráfico

Tasas permitidas de alcohol en sangre y aire espirado 

Las tasas de alcoholemia actualmente en vigor, por encima de las cuales no se permite la conducción dependiendo del tipo de vehículo son :

  • Como normal general se establece en 0,5 g de alcohol por litro de sangre (0.25 mg de alcohol por litro de aire espirado) para conductores de vehículos y bicibletas.
  • Para los vehículos destinados a transporte de mercancias de más de 3.500 kg, para los vehículos destinados al transporte de viajeros, servicio público, transporte de menores y escolar, de mercancias peligrosas o de servicios de urgencia o transportes especiales,así como para cualquier conductor durante los dos años siguientes a la obtención del permiso que le habilita para conducir, el nivel máximo establecido es de 0.3 g por litro de sangre (0.15 mg de alcohol por litro de aire espirado).

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