Prórroga de efectos de la incapacidad temporal
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica el concepto de Prórroga de efectos de la incapacidad temporal, a fin y efecto de explicar los efectos derivados de la incapacidad temporal.
Prórroga de efectos de la incapacidad temporal :
La Prórroga de efectos de la incapacidad temporal surge cuando la extinción de la incapacidad temporal se produce por el transcurso del plazo máximo fijado legalmente o por alta médica con declaración de incapacidad permanente, los efectos de la situación de incapacidad temporal se prorrogan hasta el momento de la calificación de incapacidad permanente, en cuya fecha se inician las prestaciones económicas de ésta, salvo que las mismas sean superiores a las que venía percibiendo el trabajador, en cuyo caso se retrotraerán aquéllas al momento en que se haya agotado la incapacidad temporal. No obstante, en los casos en que, continuando la necesidad de tratamiento médico por la expectativa de recuperación o la mejora del estado del trabajador, con vistas a su reincorporación laboral, la situación clínica del interesado hubiera hecho aconsejable demorar la calificación, ésta podrá retrasarse por el periodo preciso, que en ningún caso podrá rebasar los 24 meses siguientes a la fecha en que se haya iniciado la incapacidad temporal.
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