Plazo básico ó general de residencia en España

El plazo básico ó general de residencia en España suele ser de un año, aunque existen excepciones para ciudadanos de países latinoamericanos y la Unión Europea que pueden extenderlo hasta dos años. Se requiere cumplir con una serie de requisitos establecidos por el gobierno español, tales como tener un contrato de trabajo, demostrar solvencia económica y contar con seguro médico.

El Ministerio de Justicia, nos expone el plazo básico o general de residencia en España, dentro de la adquisición de la nacionalidad española.

Plazo básico o general de residencia en España

El plazo básico o general de residencia en España exigido legalmente es de diez años (art. 22.1 CC). Ahora bien, este plazo se reduce a cinco años
para las personas que hayan obtenido la condición de refugiado
y sus descendientes, pero no beneficia a los simples apátridas.Para otro grupo de extranjeros, bastará con dos años de residencia legal si se trata de nacionales de origen de países iberoamericanos ,de Andorra, de Filipinas, de Guinea Ecuatorial, de Portugal o los Sefardíes. Finalmente, se les concede el plazo de un año de residencia legal a los extranjeros que se encuentren en las siguientes situaciones:
a) Que haya nacido en territorio español
b) El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
c) Que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un
ciudadano o institución español durante dos años consecutivos, incluso si continua en esta situación en el momento de la solicitud
d) El que a l tiempo de la solicitud lleve un año casado con español o española y no estuviera separado legalmente o de hecho
e) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que
originariamente hubieran sido españoles.

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