Relación de formas de alargar la Estancia en España

El Ministerio del Interior nos expone brevemente la Relación de formas de obtención la Estancia en España.

Relación de formas de alargar la Estancia en España

 

A través de los siguientes procedimientos pueden alargarse la estancia  en España :

Procedimientos:

  • Prórroga de estancia de corta duración (sin visado). Situaciones en las que puede prolongarse el tiempo de estancia en España.
  • Estancia por estudios 
  • Autorización de estancia para actividades de investigación o formación.
  • Autorización de estancia por movilidad de alumnos.
  • Autorización de estancia por prácticas no laborales.
  • Autorización de estancia por servicios de voluntariado.
  • Prórroga de autorización de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
  • Autorización de estancia por estudios. Movilidad dentro de la Unión Europea.
  • Residencia temporal.Residencia en España sin realizar actividad laboral.
  • Residencia temporal por reagrupación familiar.
  • Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar. Familiares de investigadores, tarjeta azul-UE y residentes de larga duración-UE en otro Estado miembro.
  • Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar. Movilidad de familiares de investigadores, tarjeta azul-UE y residentes de larga duración-UE.
  • Residencia independiente de familiares reagrupados.
  • Trabajo por cuenta ajena.
  • Trabajo por cuenta propia.
  • Residencia temporal y trabajo para la investigación.
  • Movilidad de los extranjeros admitidos como investigadores en Estados miembros de la Unión Europea.
  • Autorización inicial de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
  • Movilidad de los trabajadores titulares de una Tarjeta Azul-UE expedida en otro Estado de la Unión Europea.
  • Residencia con excepción a la autorización de trabajo. Supuestos en que no se necesita autorización de trabajo para trabajar en España.
  • Residencia temporal y trabajo de duración determinada. Residir y trabajar en España por un periodo de tiempo inferior a un año (contratos de temporada, prácticas de formación, contratos de obra o servicio, contratos para personal de alta dirección).
    • Temporada o campaña.
    • Obra o servicio.
    • Personal de alta dirección, deportistas o artistas de espectáculos públicos.
    • Formación y prácticas profesionales.
  • Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios. Extranjeros que trabajen en una empresa establecida en un Estado que no pertenece a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo y tienen que desplazarse temporalmente a España, lleva en esa actividad un mínimo de un año y en esa empresa un mínimo de nueve meses.
  • Autorización para trabajos de temporada o campaña en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
  • Entrada, residencia y trabajo en España de personal directivo o altamente cualificado. Procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo interés económico, social o laboral, o Trabajos de investigación o desarrollo o docente que requieran alta cualificación, o actuaciones artísticas de interés cultural, cuya tramitación y resolución corresponde a la Dirección General de Inmigración.
  • Deportistas profesionales.
    • Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para deportistas profesionales (ESTABLES).
    • Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para deportistas profesionales (DURACIÓN DETERMINADA).
  • Penados. Autorización de trabajo a penados extranjeros en régimen abierto o libertad condicional o para actividades laborales en talleres productivos de los centros penitenciarios.
    • Autorización de trabajo a penados extranjeros para actividades laborales en los talleres productivos.
    • Autorización de trabajo a penados extranjeros en régimen abierto o libertad condicional.
  • Trabajadores transfronterizos. Trabajadores que residan en zonas fronterizas con España y se desplazan diariamente para trabajar en España pero continúan residiendo en su país de origen.
  • Autorización de estancia por estudios.
  • Autorización de estancia en actividades de investigación o formación.
  • Autorización de estancia por movilidad de alumnos.
  • Autorización de estancia por prácticas no laborales.
  • Autorización de estancia por servicios de voluntariado.
  • Prórroga de autorización de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
  • Autorización de estancia por estudios. Movilidad dentro de la Unión Europea.
  • Arraigo laboral. Si ha permanecido en España al menos dos años y puede acreditar una relación laboral de duración no inferior a seis meses.
  • Arraigo social. Si ha permanecido en España al menos tres años, cuenta con un contrato de trabajo y acredite vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presente un informe de inserción social.
  • Arraigo familiar. Si es hijo de padre o madre originariamente españoles o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española.
  • Autorización excepcional por razones humanitarias.
  • Mujeres víctimas de violencia de género.
  • Autorización de residencia temporal por razones de protección internacional.
  • Autorización de residencia temporal por colaboración con autoridades policiales, fiscales, judiciales y seguridad nacional.
  • Autorización de residencia temporal por colaboración con autoridades administrativas o interés público.
  • Residencia por circunstancias excepcionales por colaboración con autoridades no policiales, contra redes organizadas .
  • Residencia por circunstancias excepcionales por colaboración con autoridades policiales, fiscales o judiciales, contra redes organizadas.
  • Residencia temporal y trabajo de extranjeros víctimas de trata de seres humanos.
  • Residencia temporal del extranjero que ha retornado voluntariamente a su país. Autorización de residencia o residencia y trabajo que podrán obtener, una vez finalizada la vigencia del compromiso de no regreso, los extranjeros que hubieran retornado a su país de origen voluntariamente o en base a un programa de retorno voluntario.
  • Modificación de la situación de residencia a residencia y trabajo.
    • De residencia a trabajo por cuenta ajena.
    • De residencia a trabajo por cuenta propia.
    • De residencia a residencia con excepción a la autorización de trabajo.
    • De residencia a residencia y trabajo para la investigación.
    • De residencia a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
  • Modificación de régimen comunitario a régimen general. Supuestos nulidad, divorcio o cancelación y supuestos de cese como ciudadano de la Unión Europea o cese como titular de una tarjeta de residencia de familiar de comunitario.
    • Modificación de régimen comunitario a residencia no lucrativa (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
    • Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta ajena (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
    • Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta propia (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
    • Modificación de régimen comunitario a residencia con exceptuación de la autorización de trabajo (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
    • Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo para investigación (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
    • Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
  • Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales.
    • Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia no lucrativa.
    • Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (habilitado para trabajar).
    • Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (no habilitado para trabajar).
    • Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia.
    • Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia con exceptuación a la autorización de trabajo.
    • Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo para investigación.
    • Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
  • Compatibilidad residencia y trabajo por cuenta ajena / residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Modificación del ámbito territorial y la ocupación de la autorización de residencia y trabajo inicial por cuenta ajena.
  • Modificación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia a residencia, residencia con excepción, residencia y trabajo como investigación o profesional altamente cualificado.
  • Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas.
    • Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo por cuenta ajena.
    • Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo por cuenta propia.
    • Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia con excepción de la autorización de trabajo.
    • Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo para investigación.
    • Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
  • Residencia de larga duración. Autoriza a residir y a trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.
  • Residencia de larga duración-UE. Autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles y otorga la posibilidad de obtener autorización de residencia o residencia y trabajo en otros Estados miembros de la Unión Europea, en las condiciones que éstos determinen.
  • Residencia de larga duración en España del residente de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Residencia de larga duración en España del familiar del residente de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración.
  • Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración-UE.
  • Menores no nacidos en España.
  • Menores nacidos en España.
  • Autorización de residencia de menores no acompañados.
  • Desplazamiento temporal de menores extranjeros.
    • Desplazamiento temporal de menores extranjeros: tratamiento médico o vacaciones.
    • Desplazamiento temporal de menores extranjeros: escolarización.
  • Autorización de residencia o residencia y trabajo por cuenta ajena o propia acceso a la mayoría de edad no titular de autorización de residencia.
  • Renovación de la residencia temporal de menores no acompañados cuando acceden a la mayoría de edad.
  • Renovación de la autorización de residencia temporal no lucrativa.
  • Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
  • Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
  • Renovación de residencia temporal por reagrupación familiar.
  • Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo para la investigación.
  • Renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
  • Renovación de la autorización de residencia de menores no acompañados cuando acceden a la mayoría de edad.
  • Gestión colectiva de contrataciones en origen.
  • Autorización de residencia y trabajo. Gestión colectiva de contrataciones en origen Ofertas estables.
  • Autorización de residencia y trabajo. Gestión colectiva de contrataciones en origen. Temporada o campaña.

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