Permiso de Residencia Permanente en España
El Ministerio del Interior nos expone de forma breve los Permisos de Residencia Permanente.
Permisos de Residencia Permanente
Tendrán derecho a obtener permiso de residencia permanente los extranjeros que acrediten haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años, no afectando a dicha continuidad, siempre que las salidas correspondientes no se hayan realizado de forma irregular:
- Las ausencias por períodos de vacaciones.
- Las ausencias de hasta seis meses, siempre que sumadas no superen un total de un año.
- Las ausencias, debidamente justificadas, realizadas por motivos familiares o de asistencia sanitaria.
Casos Especiales
El permiso de residencia permanente también se concederá a los extranjeros que acrediten que se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Residentes que sean beneficiarios de una pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social.
- Residentes que sean beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.
- Que hayan nacido en España y al llegar a la mayoría de edad acrediten haber residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Que hayan sido españoles de origen, habiendo perdido la nacionalidad española.
- Que al llegar a la mayoría de edad hayan estado bajo la tutela de una Entidad Pública española durante al menos los tres años consecutivos inmediatamente anteriores.
- Apátridas o refugiados que se encuentren en territorio español y a quienes se les haya reconocido el respectivo estatuto en España.
- Extranjeros que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior.
El titular del permiso de residencia permanente estará obligado a renovar la tarjeta que documenta el mismo cada cinco años.
Enlace | Permisos de Residencia Permanente
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