Cambios de Convocatoria para la Obtención de Nacionalidad Española
Los Cambios de Convocatoria para la Obtención de Nacionalidad Española deben realizarse antes del plazo para la convocatoria en la que se llevo el cabo la inscripción inicial.
#1: Cómo Realizar los Cambios de Convocatoria para la Obtención de Nacionalidad Española
Debe saber que para realizar Cambios de Convocatoria para la Obtención de Nacionalidad Española, no se admitirá ningún cambio una vez cerrado el plazo de la convocatoria para la que se llevó a cabo la inscripción inicial.
No se admitirá en ningún caso más de un único cambio, ya sea parcial o completo, por inscripción. En ningún caso se admitirá la inscripción para los Cambios de Convocatoria para la Obtención de Nacionalidad Española en una convocatoria cuyo plazo esté cerrado.
La realización de un cambio de convocatoria, de centro o de examen no modificará en modo alguno el plazo para el desistimiento, que será en todo caso de 14 días desde la fecha de la inscripción inicial.
Es responsabilidad del candidato asegurarse de hacer llegar al lugar donde se inscribió una notificación inequívoca, que deberá incluir sus datos personales y el código de inscripción recibido, en plazo y por escrito, con la petición del cambio de que se trate.
La gestión de cambios no implicará gasto alguno para el candidato, a menos que exista diferencia en el precio del examen, en cuyo caso el candidato deberá abonarla. Si el cambio solicitado fuera para un examen de precio inferior al abonado no se devolverá la diferencia.
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