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Autorización de residencia temporal y trabajo para investigación

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica la Autorización de residencia temporal y trabajo para investigación, a fin y efecto de facilitar la información disponible en trámites de extranjería.

Autorización de residencia temporal y trabajo parai nvestigación

La autorización inicial de residencia temporal y trabajo para investigación habilita a los extranjeros que residen fuera de España y que han obtenido el correspondiente visado de investigación, a realizar un proyecto de investigación dentro del marco de un convenio de acogida firmado con un organismo de investigación que haya sido autorizado a dichos efectos.

No será requerible la obtención de visado de investigación en casos de ejercicio del derecho a la movilidad por un investigador extranjero tras haber iniciado su investigación en otro Estado miembro de la Unión Europea.

La duración de la autorización inicial de residencia temporal y trabajo para investigación será siempre superior a tres meses y, como máximo, de cinco años. Su vigencia será coincidente con la duración del proyecto de investigación en relación con el cual se conceda. Se limitará al ejercicio de la actividad investigadora para la que fue concedida.

Enlace | Autorización de residencia temporal y trabajo para investigación



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