Reagrupación de Familiares

El Ministerio del interior nos expone de forma breve la Reagrupación de familiares bajo el supuesto de quienes pueden realizarla.

Reagrupación de Familiares

Las personas que pueden reagrupar a sus familiares son las siguientes:

Las personas extranjeras que hayan residido legalmente en España durante un año y hayan obtenido autorización para residir, al menos, otro año más. Para reagrupar a ascendientes es necesario ser residente de larga duración.
También podrán reagrupar, sin necesidad de cumplir el requisito de haber residido un año: los titulares de una autorización de residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea, los titulares de una tarjeta azul-UE o  los beneficiarios del régimen especial de investigadores.

Enlace | Reagrupación de Familiares



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