Subvenciones a Entidades Sin Fin de Lucro para Programas del Área de Integración de Inmigrantes 2015 (a desarrollar en 2016)

Las subvenciones a entidades sin fin de lucro para programas del área de integración de inmigrantes 2015, a desarrollar en 2016, son una herramienta fundamental para apoyar y fortalecer el trabajo de organizaciones sociales comprometidas con la inclusión de la población migrante. A través de estos fondos, se busca promover una sociedad más igualitaria y solidaria, facilitando la participación y el acceso a derechos de los ciudadanos extranjeros en nuestro país.

El Ministerio del Interior nos expone de forma breve las  Subvenciones a entidades sin fin de lucro para programas del área de integración de inmigrantes 2015(a desarrollar en 2016).

Subvenciones a Entidades Sin Fin de Lucro para Programas del Área de Integración de Inmigrantes 2015 (a desarrollar en 2016)

Los programas financiados con Presupuestos Generales del Estado irán dirigidos a la acogida integral para la atención de las necesidades básicas y apoyo a la inserción y para equipamiento y adaptación de inmuebles. Los programas cofinanciados por el FSE tendrán como finalidad la inserción laboral mediante programas de empleo, de sensibilización y promoción de la igualdad de trato y no discriminación en el ámbito laboral y de formación de profesionales y voluntarios. Los programas cofinanciados por el FAMI tendrán como objeto la adquisición de conocimientos y habilidades necesarias para desenvolverse en l la sociedad española (información, orientación y asesoramiento sobre la sociedad de acogida, en particular, programas de aprendizaje del español y, en su caso, de lenguas cooficiales), programas para jóvenes y menores en el sistema educativo, programas específicos en materia de salud, programas dirigidos a necesidades específicas de la mujer, promoción de la igualdad de trato y no discriminación en la sociedad y programas para la identificación de experiencias y buenas prácticas.
Entidades beneficiarias

Las entidades u organizaciones no gubernamentales que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 junio:

Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos citados en el artículo 1.
Carecer de fines de lucro.
Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal. 5º Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.

Destinatarios de los programas

Serán destinatarios de los programas cofinanciados por FAMI las personas nacionales de terceros países que residan legalmente o, en su caso, que se encuentren en proceso de obtención de residencia legal. En la medida en que sea necesario para la aplicación eficaz de los programas subvencionados, éstos podrán admitir en sus acciones a los familiares directos de esas personas. Determinadas actividades dirigidas a fomentar el diálogo entre los mencionados nacionales de terceros países y la sociedad de acogida y a promover su aceptación por parte de ésta, podrán estar dirigidas a la población general. Los destinatarios de los programas cofinanciados por FSE deberán poseer la correspondiente autorización de residencia o trabajo y residencia. Los destinatarios de los programas de acogida integral serán inmigrantes nacionales de terceros países.

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