Servicio Universal : Legislación aplicable

El Servicio Universal es un concepto que se refiere al conjunto de servicios de telecomunicaciones que deben estar disponibles para todos los ciudadanos, independientemente de su ubicación geográfica, sus ingresos o su capacidad de pago. Es un principio fundamental en la regulación de las telecomunicaciones, ya que busca garantizar la universalidad, accesibilidad y asequibilidad de los servicios de telecomunicaciones.

La legislación aplicable al Servicio Universal varía en cada país, ya que depende de las normativas y regulaciones establecidas por cada gobierno. En general, la mayoría de los países tienen leyes que establecen los derechos y obligaciones de las empresas de telecomunicaciones en cuanto al Servicio Universal. También pueden existir leyes específicas que regulan aspectos como la calidad de los servicios, los precios y las tarifas, así como los mecanismos de financiación del Servicio Universal.

Además de la legislación nacional, existen también regulaciones internacionales que tratan el tema del Servicio Universal en el ámbito de las telecomunicaciones. Por ejemplo, la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) tiene un marco de políticas y recomendaciones sobre Servicio Universal que sirve como guía para los gobiernos y reguladores a nivel global. En resumen, la legislación aplicable al Servicio Universal es esencial para garantizar que todos los ciudadanos tengan acceso a los servicios de telecomunicaciones, promoviendo así la inclusión digital y el desarrollo social y económico.

El Ministerio de Energía,Turismo y Consumo nos explica brevemente  el Servicio Universal :  Legislación aplicable, a fin y efecto de dar a conocer tan importante relación de legislación sobre el citado tema.

Servicio Universal : Legislación aplicable<

Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, modificado por el Real Decreto 726/2011, de 20 de mayo.
Orden ITC/912/2006, de 31 de marzo, por la que se regulan las condiciones relativas a la calidad en la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas.
Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 25 de enero de 2007, por el que se determinan las condiciones para garantizar la asequibilidad de las ofertas aplicables a los servicios incluidos en el servicio universal, publicado en el BOE a través de la Orden PRE/531/2007, de 5 de marzo, modificado por el Acuerdo de 13 de mayo de 2010, por el que se modifica el umbral de renta familiar que da acceso al abono social, publicado en el BOE a través de la Orden PRE/1619/2010, de 14 de junio.
Pliegos para la designación de operador: Orden ITC/2464/2011, Orden ITC/2465/2011 y Orden ITC/2466/2011, todas ellas de 15 de septiembre.
Resolución de los concursos y designación de operador: Orden ITC/3231/2011, Orden ITC/3232/2011 y Orden ITC/3233/2011, todas ellas de 17 de noviembre.

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