Riesgo durante la lactancia

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica el Riesgo durante la lactancia, a fin y efecto de definir y sentar las bases sobre tan importante concepto.

Riesgo durante la lactancia :

El Riesgo durante la lactancia implica la Suspensión del contrato o cese en la actividad que da lugar a una prestación económica que consiste en un subsidio equivalente al 100 por 100 de la base reguladora, que será la establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, para proteger la salud de la trabajadora o del hijo durante el período de suspensión del contrato de trabajo o de la actividad en los supuestos en que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su estado, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados. Se concede en los mismos términos y condiciones que la prestación por riesgo durante el embarazo, si bien se extinguirá cuando el hijo cumpla nueve meses.

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