Requisitos para solicitar la nacionalidad colombiana por adopción

Para solicitar la nacionalidad colombiana por adopción, es necesario cumplir con ciertos requisitos que están establecidos en el Código de la Infancia y la Adolescencia en la legislación colombiana. En primer lugar, se debe ser mayor de edad y tener capacidad legal para adoptar según las leyes de Colombia. Además, se debe contar con una residencia legal de mínimo dos años en el país, ya que la adopción debe estar a cargo de un colombiano o de un extranjero con residencia en Colombia.

Otro requisito importante es el consentimiento de las autoridades competentes, en este caso, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Esta institución es la encargada de evaluar los candidatos para la adopción y otorgar el consentimiento de manera favorable. Además, se debe contar con la opinión favorable de la persona que se desea adoptar, si es mayor de 10 años. También se debe demostrar la idoneidad y capacidad para brindar una adecuada crianza, educación y protección al menor. Por último, se debe demostrar la solvencia económica necesaria para cubrir los gastos que demande la adopción. Todos estos requisitos son fundamentales para garantizar el bienestar y la protección de los menores adoptados y asegurar que la adopción se realice de manera ética y responsable.

La nacionalidad colombiana por adopción es un derecho y un acto soberano del Presidente de la República. Si el ciudadano solicitante cumple con los requisitos establecidos podrá solicitar la nacionalidad colombiana.

Requisitos para pedir la nacionalidad colombiana por adopción

Estos son los requisitos para pedir la nacionalidad colombiana por adopción.

Para latinoamericanos y del Caribe por nacimiento.

  • Estar domiciliados en Colombia por un término de un año. El término de domicilio se contará a partir de la expedición de la Visa de Residente.

Para los españoles por nacimiento.

  • Estar domiciliados en Colombia por un término de dos años. El término de domicilio se contará a partir de la expedición de la Visa de Residente.

Para los extranjeros que no sean latinoamericanos, del Caribe o españoles.

  • Estar domiciliados en Colombia por un término de cinco años, o por dos años, si el extranjero está casado (a) con un (a) nacional colombiano (a), o si es compañero (a) permanente de nacional colombiano (a), o si tiene hijos (as) colombianos (as). El término de domicilio se contará a partir de la expedición de la VISA DE RESIDENTE.
  • La ausencia de Colombia por un término igual o superior a un año continuo, interrumpe el periodo de domicilio para la adquisición de la nacionalidad colombiana por adopción.
  • A juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores, se podrá realizar una entrevista al solicitante de nacionalidad colombiana por adopción.
  • Una vez notificada la carta de naturaleza o resolución de inscripción, se realizará la toma de juramento ante la Alcaldía o Gobernación según corresponda.
  • El Gobernador o el Alcalde deben entregarle al nacionalizado la carta de naturaleza original o copia de la resolución de inscripción, según el caso.

Documentos a presentar

Tenga a mano los siguientes documentos para presentar la solicitud.

  • Memorial dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitando la nacionalidad colombiana, con su respectiva motivación, el cual deberá indicar:
  • Nombre, número de cédula de extranjería, ocupación, país de origen y nacionalidad actual del peticionario.
  • Ciudad de domicilio y dirección de su residencia en Colombia, teléfono fijo, número celular y correo electrónico.
  • Manifestación del solicitante en el cual conste su voluntad de ser notificado por medio electrónico, si así lo desea.
  • Razones en que se fundamenta su petición.
  • Manifestación de su último domicilio antes de haberse residenciado en el país.
  • Autorización expresa para que el Ministerio de Relaciones Exteriores pueda solicitar el informe confidencial para naturalización, tributario u otra información pertinente ante las autoridades competentes.
  • Si el interesado tiene hijos menores de edad bajo su patria potestad, puede solicitar que se extienda la nacionalidad a ellos, para lo cual deberá presentar las pruebas referentes al estado civil de los hijos a quienes debe extenderse la nacionalidad.
  • La solicitud deberá hacerse conjuntamente por los padres o quien ejerza la patria potestad. En caso de que la patria potestad sea ejercida por el solicitante, deberá acreditarse dicha circunstancia.
  • Fotocopia de la cédula de extranjería.
  • Fotocopia de la Visa de Residente vigente.
  • Cuatro fotos, de frente, fondo blanco o azul, recientes e iguales entre sí, tamaño 4×5 cm.
  • Fotocopia de la página de datos biográficos del pasaporte válido.

En caso de que el pasaporte no incluya la información requerida, se solicitará un documento idóneo expedido por una autoridad competente de su país de origen, en el cual se compruebe la fecha y lugar de nacimiento.

Dicho documento debe estar legalizado por el cónsul de Colombia, o apostillado por la autoridad competente del país de origen del peticionario según corresponda.

Dicho documento deberá ser traducido al idioma español en caso de que hubiese sido expedido originalmente en otro idioma, si la traducción se hubiese realizado en el exterior, esta deberá ser apostillada o legalizada según corresponda.

Acreditar profesión u oficio con el certificado laboral de la empresa donde trabaja, no mayor a 6 meses.

Si el solicitante es profesional independiente, deberá aportar copia del formulario del Registro Único Tributario (RUT), declaración de renta y certificaciones de retención en la fuente, dado el caso, no mayor a 6 meses.

Certificación actual por parte del contador público en la que acredite que el solicitante no es contribuyente.

En caso de ser socio o propietario de algún establecimiento comercial, deberá allegar el certificado de la Cámara de Comercio con una expedición no mayor a seis (6) meses, en el cual conste el objeto social de dicha entidad y su número de identificación tributaria (NIT).

En caso de que el solicitante dependa económicamente de otra persona, deberá presentar una declaración en la que conste esa dependencia, suscrita por el familiar, cónyuge o compañero permanente. Así mismo, deberá adjuntar los documentos enunciado en los numerales 6, 7, 8 y 9, correspondientes a la persona que se hace responsable del solicitante.

Acreditar conocimientos básicos de Constitución Política de Colombia, historia patria, geografía de Colombia y castellano, exámenes que deberá presentar en la respectiva Gobernación del lugar de su domicilio, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 43 de 1993, modificada por la Ley 962 de 2005.

Se exceptúan de este requisito quienes comprueben haber obtenido título de bachiller, o quienes hayan culminado estudios universitarios en Colombia y a las personas mayores de 65 años.

El examen de castellano se exceptúa para aquellas personas cuya lengua materna sea el castellano. La homologación de títulos de especializaciones o posgrados no exime de la prueba de conocimientos.

Dato importante

Presentar estos exámenes ante la Gobernación de su domicilio, en la fecha dispuesta por la respectiva gobernación en caso de ser legalmente requerido.

Registro civil de matrimonio si es casado(a) con colombiano(a), o prueba de la unión marital de hecho. Si tuviere hijos(as) de nacionalidad colombiana, deberá presentar los respectivos registros civiles de nacimiento.

Las personas de género masculino, mayores de 18 y menores de 50 años que obtengan la nacionalidad por adopción, definirán su situación militar conforme a la legislación colombiana, salvo que comprueben con documento idóneo haber definido dicha situación en su país de origen.

Dicho documento debe estar legalizado por el cónsul de Colombia o apostillado por la autoridad competente del país de origen del peticionario según corresponda.

En caso de que este documento hubiese sido expedido originalmente en otro idioma, deberá ser traducido al idioma español; si la traducción se hubiese realizado en el exterior, deberá ser apostillada o legalizada, según corresponda.

Si el solicitante no ha definido la situación militar en su país de origen, deberá realizar un compromiso escrito en el cual manifieste que definirá su situación militar en Colombia, en caso que se le otorgué la nacionalidad.

Enlace | cancillería.gov.co



¿Sigues sin encontrar tu duda? Encuentra todos los trámites online.

En nuestra página web, encontrarás todo lo que buscas. Te proporcionamos guías detalladas, formularios descargables y enlaces útiles para que puedas realizar tus trámites de inmigración de manera rápida y sencilla. Además, mantenemos la información actualizada, para que estés al tanto de los cambios en las regulaciones y fechas importantes. Facilitamos tu proceso de adaptación a un nuevo país con nuestra plataforma de recursos confiables y accesibles

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *