Renta Activa de Reinserción para Trabajadores del Mar

La Renta Activa de Reinserción para trabajadores del mar es una prestación económica dirigida a aquellos trabajadores del sector pesquero y marítimo que se encuentran en situación de desempleo. Esta ayuda tiene como objetivo principal ofrecer apoyo económico a los pescadores y marinos que se hayan quedado sin trabajo y ayudarles a reincorporarse al mercado laboral.

Para poder acceder a esta renta, es necesario cumplir ciertos requisitos, como estar en situación de desempleo y haber trabajado al menos 360 días en el mar en los últimos seis años. Además, también se exige estar inscrito como demandante de empleo y formar parte del régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores del mar.

Esta renta activa de reinserción supone una gran ayuda para aquellos trabajadores del mar que se encuentran en una situación difícil debido a la escasez de trabajo en el sector. Además, también se ofrecen medidas de formación y orientación laboral para facilitar su reinserción al mercado laboral y mejorar sus posibilidades de encontrar un empleo estable en el futuro. Gracias a esta prestación, se contribuye a mejorar la calidad de vida de estos trabajadores y a promover la actividad económica del sector marítimo.

La Renta activa de Reinserción es un programa que pretende incrementar las oportunidades de los trabajadores del mar de retorno a su trabajo, incluyendo el abono de una prestación económica.

La seguridad social y en concreto la oficina de empleo marítmo tienen un programa llamado «Renta activa de Reinserción» , que mediante una serie de medidas de políticas activas de empleo, tienen la finalidad de incrementar las oportunidades de reinserción laboral, y el abono de una prestación económica, denominada renta activa de inserción, vinculada a la realización de las acciones en materia de políticas activas de empleo que no conlleven retribuciones salariales.

Beneficiarios de la medida

Trabajadores del Mar desempleados menores de sesenta y cinco años que a la fecha de la solicitud de incorporación al programa, reúnan los requisitos necesarios.

Otros posibles beneficiarios

  • Trabajadores que acrediten la condición de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33 %, siempre que reúnan todos los requisitos indicados, excepto el de ser mayor de 45 años.
  • Trabajadores emigrantes que hayan retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud, trabajando, como mínimo, seis meses en el extranjero desde su última salida de España, siempre que reúnan todos requisitos excepto el de haber permanecido inscritos como demandantes de empleo en los últimos 12 meses.
  • Trabajadores que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género y estén inscritos como demandantes de empleo, siempre que reúnan todos los requisitos, excepto el de la edad y el de la inscripción durante los últimos doce meses.
  • Beneficiarios de pensiones de invalidez no contributivas si reúnen todos los requisitos excepto el de carecer de rentas superiores en cómputo mensual al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, por la percepción de la pensión, y siempre que acrediten que dejarán de percibirla.

Requisitos

  • Tener cumplida la edad de cuarenta y cinco años.
  • Ser demandante de desempleo inscrito ininterrumpidamente en la Oficina del Servicio Publico de Empleo Estatal durante doce o más meses.
  • No tener derecho a las prestaciones o subsidios por desempleo o a la Renta Agraria.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional , excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • No haber sido beneficiario de la renta activa de inserción en los 365 días naturales a la fecha de solicitud del derecho a la admisión al programa, salvo en el caso de los que acrediten un grado de minuisvalía igual o superior al 33%, o la condición de víctima de violencia de género, o victima de violencia doméstica.
  • No haber sido beneficiario de tres derechos al programa de renta activa de inserción aunque no se hubieran disfrutado por el periodo de duración máxima de la renta.

Cuantías

80% del Indicador Público de Rentas de efectos múltiples vigente.

La cotización a la Seguridad Social correspondienta a las prestaciones de asistencia sanitaria y, en su caso, protección a la familia.

Plazos y nacimiento del derecho

  • Desde el día siguiente a la solicitud.

Devengo

  • La renta activa de inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de solicitud de admisión al programa.

Duración

  • La duración máxima de la renta es de 11 meses.

Impresos y Documentación

Modelo oficial de solicitud

  • Solicitud oficial.
  • Identificación del solicitante e hijos.
  • Justificante, en su caso, de los ingresos obtenidos en el mes anterior a la solicitud por el solicitante,  cónyuge e hijos.
  • Certificado de minusvalía, sólo si se accede al programa por la condición de persona con minusvalía.
  • Certificado del Área de Trabajo de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno en cada provincia si se accede al programa por ser trabajador emigrante.
  • Sentencia judicial, u orden de protección judicial, o informe del Ministerio Fiscal o certificado de la administración pública competente de ser victima de violencia de género en caso de acceder al programa por ser victima de violencia de género.
  • Certificado de la Administración competente sobre la suspensión de la pensión a partir de la fecha en que se inicie el devengo de la renta activa de inserción si se es beneficiario de una pensión de invalidez no contributiva.
  • Cualquier otro que, de acuerdo con la normativa vigente, indique la Oficina de Empleo como necesario para el acceso al programa de renta activa de insercción en cada caso particular.

Lugar de tramitación

En la Oficina de Empleo Marítimo que le corresponda por su domicilio, presentándose personalmente.



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