Regresar a España después del Retorno Voluntario

El Ministerio del Interior nos expone de forma breve cómo Regresar a España después del Retorno Voluntario.

Regresar a España después del Retorno Voluntario

Si después de transcurridos 3 años desde que se marcho a su país de orígen un ciudadano extranjero desea volver a España puede hacerlo sabiendo que le van a exigir unos determinados requisitos para volver a entrar en territorio nacional.

Si se solicita la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, se deben cumplir los requisitos de esa autorización en concreto y si solicitas la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia porque quieres emprender en España, lo mismo. Debes cumplir los requisitos de esa autorización.

Esto quiere decir que tienes que ver si cumples los requisitos de la autorización que pidas.

Ventajas de regresar después del retorno voluntario:

  • Tramitación preferente de la solicitud.
  • No se tiene en cuenta la situación nacional de empleo para la denegación de la solicitud. Esto es una gran ventaja que tienes es que no se te aplicará el listado de puestos de difícil cobertura al examinar tu solicitud, es decir, se te autorizará desde origen a trabajar aunque en España ya haya muchas personas en paro que quieren trabajar.
  • El tiempo de residencia previo que tenías, se te respeta así que si te fuiste cuando llevabas 5 años en España residiendo legalmente, podrás pedir la residencia de larga duración directamente. Para esto debes cumplir con los requisitos de la autorización de residencia de larga duración.

Si con anterioridad era titular de una tarjeta de residencia temporal:

En este caso, se tiene  la siguiente exposición de motivos :

Finalizada la vigencia de su compromiso de no regreso a territorio español, el extranjero podrá solicitar, o podrá solicitarse a su favor, una autorización de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo, de acuerdo con lo previsto en este Reglamento en función del tipo autorización que desee obtener”.

“No resultará de aplicación el requisito relativo a la consideración de la situación nacional de empleo en los procedimientos sobre autorizaciones en los cuales éste fuera generalmente exigible, cuando el extranjero a cuyo favor se soliciten éstas se encuentre incluido en el supuesto previsto en el artículo 120.1.a)”

(Este artículo 120.1 a) se refiere a las personas que se han acogido al plan de retorno voluntario)

Creo que está perfectamente claro que no importa si hay paro en España o no. Para quién se acogió al plan de retorno voluntario se le aplican condiciones favorables y no se considera la Situación nacional de empleo porque es como si hubiese reservado su posibilidad de volver a trabajar.

Si con anterioridad era titular de una residencia de larga duración (la de cinco años o renovada)

Si tenías una tarjeta de larga duración, es incluso más fácil tu regreso a España porque no necesitas un contrato de trabajo.

Esto es lo que dice el reglamento en tu caso:

El procedimiento regulado en esta sección de recuperación de la titularidad de una autorización de residencia de larga duración resultará de aplicación en los siguientes supuestos:

“b) Cuando el extranjero regrese a España finalizado el periodo de su compromiso de no retorno asumido de acuerdo con lo previsto en el capítulo X del título IV, siempre que en el momento de su retorno voluntario al país de origen tuviera la condición de residente de larga duración en España”.

Los procedimientos de solicitud de una autorización de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo derivados de lo previsto en este capítulo serán objeto de tramitación preferente. El plazo máximo para la resolución y notificación será de cuarenta y cinco días desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su resolución.

La situación de residencia temporal del extranjero se entenderá continuada, a los efectos de acceso a la situación de residencia de larga duración, si bien dicho cómputo no incluirá el tiempo transcurrido desde el retorno voluntario del extranjero a su país de origen o país de anterior residencia, hasta la concesión de la nueva autorización de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo.

Lo previsto en este artículo resultará de aplicación una vez transcurrido el plazo de compromiso de no regreso a España, asumido por el extranjero al retornar voluntariamente a su país de origen.

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Un comentario

  1. HOLA QUIERO HACER UNA PREGUNTA CUANTO TIEMPO PUEDO ESTAR EN MI PAIS ECUADOR TENIENDO YO MI TARJETA DE RESIDENCIA Y TRABAJO DE LARGA DURACION,YO REGRESE DE ESPAÑA EN EL MES DE FEBRERO DE ESTE AÑO ESA ES MI PREGUNTA CUANTO TIEMPO PUEDO ESTAR EN MI PAIS,O CUANDO DEBO REGRESAR A ESPAÑA PARA NO PERDER MIS DOCUMENTOS,MUCHAS GRACIAS ESPERO SU RESPUESTA DE ANTEMANO.

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