Opción a la Nacionalidad Española
El Ministerio de Justicia, nos expone brevemente la Opción a la Nacionalidad Española.
Tendrán Opción a la Nacionalidad Española los siguientes casos:
- Aquellos que hayan estado SOMETIDOS A LA PATRIA POTESTAD DE UN ESPAÑOL podrán optar a la nacionalidad española hasta DOS años después de la mayoría de edad.
- Hasta los 14 años la declaración de opción será efectuada por sus representantes legales;
entre los 14 años y su mayoría de edad, por el menor asistido por sus representantes legales;
a partir de la mayoría de edad y hasta DOS años después, por el propio interesado. - Los MAYORES DE EDAD, HIJOS DE PADRE O MADRE ORIGINARIAMENTE ESPAÑOL Y NACIDO EN ESPAÑA, pero que hubiera perdido la nacionalidad antes del nacimiento del hijo, podrán optar a la nacionalidad española sin límite de edad.
- Los NACIDOS HASTA EL 28 DE DICIEMBRE DE 1978 de madre española nacida en España y que hubieran seguido la nacionalidad del padre desde el nacimiento, podrán optar a la nacionalidad española sin límite de edad.
Recuerda que si estás tratando de obtener la Nacionalidad Española deberás superar el Test de Nacionalidad. Puedes practicar tantas veces como quieras con las preguntas oficiales del Examen con el enlace al Test de Nacionalidad Española de Renovar Papeles que aparece en el inferior.
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Hola ,yo tengo la nacionalidad desde 29 de junio de 2012 ,tengo mi hijo que ahora mismo vive en bolivia ,el depende de mi su mantencion alimentaria estudios ect, el cumplira eldia 1 de enero de 2015 22 años ,?puedo sacarle la nacionalidad por opcion? por fabor contesten!!!!!