Nacionalidad de las corporaciones,fundaciones y asociaciones
La nacionalidad de las corporaciones, fundaciones y asociaciones es un aspecto fundamental en el ámbito de los trámites online. Estas entidades jurídicas deben cumplir con ciertos requisitos y procedimientos para determinar su nacionalidad y poder realizar actividades comerciales y legales en un determinado país. Es importante contar con el asesoramiento de expertos en la materia para garantizar el correcto cumplimiento de las normativas correspondientes.
El Ministerio de Justicia, nos expone brevemente la Nacionalidad de las corporaciones,fundaciones y asociaciones.
Nacionalidad de las corporaciones,fundaciones y asociaciones
De acuerdo con el artículo 28 del RD de 24 de julio de 1886 y vigente hasta el 15 de julio de 2015 y de acuerdo con la ley de mayo de 2014 :
- Las corporaciones, fundaciones y asociaciones, reconocidas por la ley y domiciliadas en España, gozarán de la nacionalidad española, siempre que tengan el concepto de personas jurídicas con arreglo a las disposiciones del presente Código.
- Las asociaciones domiciliadas en el extranjero tendrán en España la consideración y los derechos que determinen los tratados o leyes especiales.
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