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Modificaciones en el Despido individual por causas objetivas: Absentismo

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica las Modificaciones en el Despido individual por causas objetivas : Absentismo, a fin y efecto de explicar la modificación en tan importante concepto ocurrida tras la Reforma Laboral (RF).

Modificaciones en el Despido individual por causas objetivas : Absentismo :

Se modifica la regulación de las faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, y se establece un periodo de referencia de un año para computar las ausencias del trabajador, quedando redactado que las mismas serán causa de despido cuando alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses. No se computarán las ausencias que respondan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave.

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