Conveio de Seguridad social entre España y República Dominicana
El Convenio de Seguridad Social entre España y la Replública Dominicana se firmó el 1 de julio de 2004 y entró en vigor el 1 de julio de 2006.
¿A quién se aplica el Convenio?
A los trabajadores españoles o dominicanos que estén o hayan estados sujetos a la legislación de Seguridad Social de uno o de ambos países, así como a los miembros de sus familiares.
A miembros de la familia de un trabajador que sean españoles o dominicanos, cualquiera que sea la nacionalidad del trabajador, siempre que éste haya estado sometido a la legislación de uno o ambos países.
¿Qué prestaciones se pueden obtener con el Convenio?
En España:
-Prestaciones por incapacidad temporal en casos de enfermedad común y accidente no laboral.
-Prestaciones por maternidad y riesgo durante el embarazo.
-Prestaciones por incapacidad permanente, jubilación y muerte y supervivencia.
-Prestaciones familiares por hijo a cargo.
-Prestaciones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
En la República Dominicana :
-Pensiones y jubilaciones.
-Prestaciones por vejez, discapacidad total y parcial.
-Prestaciones por cesantía por edad avanzada.
-Prestaciones de sobrevivencia.
-Subsidios por enfermedad,maternidad y lactancia.
-Servicios de estancias familiares.
Enlace | Convenio de Seguridad Social entre España y República Dominicana
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