Conveio de Seguridad social entre España y República Dominicana

El Convenio de Seguridad Social entre España y la Replública Dominicana se firmó el 1 de julio de 2004 y entró en vigor el 1 de julio de 2006.

¿A quién se aplica el Convenio?

A los trabajadores españoles  o dominicanos que estén o hayan estados sujetos a la legislación de Seguridad Social de uno o de ambos países, así como a los miembros de sus familiares.

A miembros de la familia de un trabajador que sean españoles o dominicanos, cualquiera que sea la nacionalidad del trabajador, siempre que éste haya estado sometido a la legislación de uno o ambos países.

¿Qué prestaciones se pueden obtener con el Convenio?

En España:

-Prestaciones por incapacidad temporal en casos de enfermedad común y accidente no laboral.

-Prestaciones por maternidad y riesgo durante el embarazo.

-Prestaciones por incapacidad permanente, jubilación y muerte y supervivencia.

-Prestaciones familiares por hijo a cargo.

-Prestaciones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

En la República Dominicana :

-Pensiones y jubilaciones.

-Prestaciones por vejez, discapacidad total y parcial.

-Prestaciones por cesantía por edad avanzada.

-Prestaciones de sobrevivencia.

-Subsidios por enfermedad,maternidad y lactancia.

-Servicios de estancias familiares.

Enlace | Convenio de Seguridad Social entre España y República Dominicana



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