Baja Consular

El Ministerio del Interior nos explica la Baja Consular para el caso de operativas anteriores a la solicitud de Tarjetas de Retorno.

Baja Consular 

Los españoles que residen de forma permanente en el extranjero deben  inscribirse en el Registro de Matrícula de residentes del Consulado de la  demarcación consular en que se encuentren. Esta inscripción supone  también la inscripción de los mayores de edad en el CERA, que es el censo  de los españoles residentes en el extranjero, lo que les permitirá –entre  otras utilidades- participar en las elecciones que se celebren en España.
Los españoles residentes en el extranjero que deseen retornar a España  deberán solicitar su BAJA en el Registro de Matrícula Consular. A su  llegada al nuevo lugar de residencia deberán darse de alta en el Padrón Municipal correspondiente a su domicilio en España.

Enlace | Baja Consular



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