Baja Consular
El Ministerio del Interior nos explica la Baja Consular para el caso de operativas anteriores a la solicitud de Tarjetas de Retorno.
Baja Consular
Los españoles que residen de forma permanente en el extranjero deben inscribirse en el Registro de Matrícula de residentes del Consulado de la demarcación consular en que se encuentren. Esta inscripción supone también la inscripción de los mayores de edad en el CERA, que es el censo de los españoles residentes en el extranjero, lo que les permitirá –entre otras utilidades- participar en las elecciones que se celebren en España.
Los españoles residentes en el extranjero que deseen retornar a España deberán solicitar su BAJA en el Registro de Matrícula Consular. A su llegada al nuevo lugar de residencia deberán darse de alta en el Padrón Municipal correspondiente a su domicilio en España.
Enlace | Baja Consular
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