Autorización para la realización de actividades lucrativas
El MTIN( Ministerio de trabajo e Inmigración) nos explica la Autorización para la realización de actividades lucrativas, para aquellos ciudadanos que se encuentren en la citada situación.
Autorización para la realización de actividades lucrativas :
Los extranjeros mayores de dieciséis años precisarán para ejercer cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, en España, de la correspondiente autorización administrativa previa para residir y trabajar.
No se concederá autorización para residir y realizar una actividad lucrativa laboral o profesional, a los extranjeros que, en el marco de un programa de retorno voluntario a su país de origen, se hubieran comprometido a no retornar a España durante un plazo determinado en tanto no hubiera transcurrido dicho plazo.
Este régimen no se aplicará a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, ni a los nacionales de terceros Estados a quienes, por razón de parentesco, sea de aplicación el régimen comunitario.
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