Obligatoriedad de la presentación de los documentos de cotización

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica la Obligatoridad de la presentación de los documentos de cotización, con el objetivo de comunicar por qué son tan importantes la presentación de la documentación.

Obligatoriedad de la presentación de los documentos de cotización :

El artículo 59 del Reglamento General de Recaudación(RGR), Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, establece la obligatoriedad de la presentación, en plazo reglamentario de ingreso, de los documentos de cotización, en la forma y lugares establecidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, aún cuando los sujetos responsables de pago no ingresen las cuotas correspondientes.
Se considerarán presentados dentro del plazo reglamentario:

  • Los documentos de cotización transmitidos en plazo reglamentario por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, correspondientes a trabajadores dados de alta.
  • Los documentos de cotización correspondientes a trabajadores de los Regímenes Especiales de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, Convenios Especiales y los relativos a cuotas fijas en las situaciones de inactividad en el Sistema Especial para los trabajadores por cuenta ajena agrarios, que correspondan a períodos posteriores a la presentación del alta en los supuestos en que ésta proceda.

Enlace | Obligatoriedad de la presentación de los documentos de cotización



Encuentra el trámite que estás buscando en Renovar Papeles

En Renovar Papeles hemos resuelto más de 100.000 consultas de trámites en línea con nuestros lectores y editores con conocimientos en extranjería y trámites online para servicios en línea en más de 10 países de habla hispana. ¿Tienes alguna duda?

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *