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Derecho a la asistencia jurídica inmediata

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica el Derecho a la asistencia jurídica inmediata,que tienen a su disposición las mujeres afectadas por violencia de género, a fin y efecto de explicar tan importante derecho.

Derecho a la asistencia jurídica inmediata :

La Ley integral reconoce a todas las mujeres víctimas de violencia de género la asistencia jurídica inmediata en todos los procedimientos, tanto judiciales como administrativos, que tengan relación con la situación de violencia, incluso para formular la denuncia.

Si bien la designación de abogado/a se realiza inmediatamente y no es necesario tramitar con carácter previo la solicitud del beneficio de la justicia gratuita, si este derecho  no se solicita o finalmente es denegado, la víctima deberá abonar los honorarios devengados por la intervención del abogado/a y del procurador/a.

Para que se reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratuita debe acreditarse que los ingresos económicos, computados anualmente y por unidad familiar, no superan el doble Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Con carácter excepcional, puede reconocerse el derecho a las personas cuyos ingresos no excedan  del cuádruple del IPREM, en atención a sus circunstancias familiares, obligaciones económicas y coste del proceso.

La solicitud de asistencia jurídica gratuita se realiza rellenando un formulario o impreso, al que debe adjuntarse la documentación indicada en el mismo, debe presentarse en el Colegio de abogados o en el Juzgados.

Reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, la defensa de los intereses de la víctima, e todos los procesos que sea necesario tramitar, se realiza a través del mismo abogado o abogada perteneciente al Turno de oficio. Especial de violencia de género.

Además de la defensa y representación gratuitas por el abogado/a y procurador/a en los procedimientos judiciales y administrativos, el derecho a la asistencia jurídica gratuita comprende las siguientes prestaciones:

  • Asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso.
  • Inserción gratuita de anuncios o edictos en periódicos oficiales.
  • Exención del pago de depósitos necesarios para interponer recursos.
  • Asistencia pericial gratuita.
  • Obtención gratuita o reducción del 80% de los derechos arancelarios de los documentos notariales.

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2 comentarios

  1. hola. trabajao mas de 5 años en una empresa en negro.porque el dueño no queria asegurarme y no tenio ninguna posibilidad para encontrar otro citio de trabajo.ahora me tirao la calle sin pagarme.puedo hacer algo?

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