calculo del impuesto de sucesiones en cataluña

En Cataluña, el impuesto de sucesiones es un tributo que se aplica a las herencias y donaciones recibidas por los ciudadanos residentes en esta comunidad autónoma. Este impuesto es gestionado por la Agencia Tributaria de Cataluña y se rige por la normativa establecida en la Ley 19/2010, de 7 de julio.

Existen dos tipos de tarifas en función del grado de parentesco: la tarifa general, que se aplica a los herederos que no tienen ningún parentesco con el fallecido; y la tarifa reducida, que se aplica a los herederos de primer y segundo grado (descendientes, ascendientes o cónyuges). En el caso de las donaciones, solo se aplica la tarifa general.

Es importante destacar que Cataluña cuenta con un sistema de autoliquidación del impuesto de sucesiones, es decir, son los herederos quienes deben calcular y declarar el importe a pagar a la Agencia Tributaria de Cataluña de acuerdo con la información proporcionada por el fallecido (como el valor de los bienes y las posibles deudas). En caso de discrepancias, la Agencia puede realizar una comprobación posterior y ajustar el importe declarado.

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CITA PREVIA EXTRANJERÍA. Con el fin de llevar a cabo los trámites relacionados con permiso de residencia o expediente de extranjería deberás pedir cita previa en tu oficina de extranjería.

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SEPE es el sitio web del Servicio Público de Empleo Estatal que está disponible en www.sepe.es y permite solicitar cita previa a través de www.sepe.es/citaprevia

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El Ministerio del Interior ofrece un servicio integral para solicitar cita previa para renovar DNI y pasaporte desde el enlace www.citapreviadnie.es

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