Artículo 4 del Decreto 181/1996, de 5 de Diciembre

El Artículo 4 del Decreto 181/1996, de 5 de Diciembre, establece las obligaciones del pagador en relación a la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En primer lugar, se establece que los pagadores están obligados a retener y a ingresar en la Hacienda Pública el importe correspondiente a las retenciones aplicables a los rendimientos del trabajo, del capital, de actividades profesionales y de premios, así como al importe de las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan a los trabajadores a su servicio.

Por último, el artículo establece que los pagadores están obligados a presentar declaraciones informativas a la Agencia Tributaria sobre las retenciones practicadas durante el año fiscal correspondiente, en los plazos que establezcan las normas fiscales. Estas declaraciones deben incluir también la información relativa a los importes satisfechos en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social.

CITA PREVIA

Cita Previa SEPE

SEPE es el sitio web del Servicio Público de Empleo Estatal que está disponible en www.sepe.es y permite solicitar cita previa a través de www.sepe.es/citaprevia

Cita Previa DNI

El Ministerio del Interior ofrece un servicio integral para solicitar cita previa para renovar DNI y pasaporte desde el enlace www.citapreviadnie.es

Cita Previa Pasaporte

El Ministerio del Interior nos expone cómo realizar la Cita Previa para Pasaporte con el fin de renovar tu pasaporte en las oficinas de expedición de documentos de la Policía Nacional.

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