Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011

El Ministerio de Justicia nos expone brevemente las Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011.

Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011

Una vez obtenido un permiso de residencia por circunstancias excepcionales, a la hora de renovarlo se tramita como una modificación recogida en el artículo 202 del Reglamento, cuyas tasas ascienden a:

  • Autorización de residencia temporal por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales  15,30 €
  • Autorización de trabajo por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales  76,05 €

Enlace |Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011

 



¿No encontraste lo que buscabas? ¿Tienes alguna duda? Consulta nuestra base de datos de más de 100.000 consultas.

En nuestra página web, encontrarás todo lo que buscas. Te proporcionamos guías detalladas, formularios descargables y enlaces útiles para que puedas realizar tus trámites de inmigración de manera rápida y sencilla. Además, mantenemos la información actualizada, para que estés al tanto de los cambios en las regulaciones y fechas importantes. Facilitamos tu proceso de adaptación a un nuevo país con nuestra plataforma de recursos confiables y accesibles

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *