Excepción: cuentas vivienda
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos expone brevemente la Excepción : cuentas vivienda.
Excepción : cuentas vivienda
A diferencia de lo que sucede en los casos de adquisición, construcción, rehabilitación o ampliación de vivienda habitual quedan fuera de los
beneficios que otorga en el régimen transitorio los contribuyentes que, con anterioridad a 1 de enero de 2013, hubieran depositado cantidades en
cuentas vivienda destinadas a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
En consecuencia, dichos contribuyentes no podrán aplicarse deducción alguna por las aportaciones que realicen en sus cuentas vivienda a partir
de dicha fecha
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