Declaración de la Renta 2014 : Seguros de ahorro: Fiscalidad distinta para los cobros en forma de renta

En la Declaración de la Renta son muy importantes los seguros de ahorro y tienen peculiaridades que deben tenerse en cuenta, es por ello que hoy hablamos de la Declaración de la Renta 2014 : Seguros de ahorro: Fiscalidad distinta para los cobros en forma de renta.

Declaración de la Renta 2014 : Seguros de ahorro: Fiscalidad distinta para los cobros en forma de renta

Uno de los beneficios fiscales de los seguros de ahorro tiene que ver con la edad de quien los cobra y se activa en los rescates en forma de renta, no como capital, que ya disfrutan de las reducciones antes citadas.

Si se trata de una renta vitalicia, el asegurado que tenga 70 años o más solo declarará por el 7% de la renta cobrada cada año. Si tiene de 66 a 69 años, por el 20%; si su edad oscila de los 60 a los 65 años, pagará impuestos por el 24% de la renta percibida. El porcentaje de renta sujeta a tributación es mayor cuanto más joven sea el cliente, en un sistema con el que se pretende centrar el pago de impuestos no tanto sobre el capital acumulado sino sobre la ganancia obtenida. Así, un asegurado de menos de 40 años deberá pagar impuestos sobre el 40% de la renta que se declara cada año. Y ese ingreso tributará a los tipos de gravamen propios de los rendimientos del capital mobiliario, del 21% para los primeros 6.000 euros.

Otra modalidad del cobro de un seguro en forma de renta es que, en lugar de vitalicia, sea temporal. Es decir, con una duración determinada. Si se va a percibir durante más de 15 años, se deberá tributar por el 25% de la renta recibida cada año. Por el contrario, si la renta va a cobrarse en un plazo de cinco años, se declara cada año el 12%.

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