Reconocimiento de firma en autorización de salida del menor

El reconocimiento de firma en la autorización de salida del menor es un mecanismo legal utilizado para garantizar la autenticidad y validez de un documento en el que se autoriza la salida de un menor del país, ya sea para viajar con uno de sus padres o con un tercero. Esta medida es principalmente utilizada para prevenir el secuestro parental de menores, ya que se requiere el consentimiento de ambos padres u otras figuras legales con autoridad para autorizar la salida del menor.

El proceso de reconocimiento de firma incluye la presentación de los documentos de identificación de los padres o tutores legales, como pasaportes o cédulas de identidad, y la firma de un documento notarial que certifica la autenticidad de las firmas de los padres o tutores en la autorización de salida del menor. Este procedimiento es una medida de seguridad que protege tanto al menor como a sus familiares de posibles situaciones de secuestro o riesgo durante el viaje. Es importante destacar que este reconocimiento puede variar según las leyes y regulaciones de cada país, por lo que es necesario conocer el procedimiento específico en cada caso.

Las personas colombianas que estén en el exterior y que deseen autorizar la salida del país de sus hijos menores. Deberán reconocer sus firmas en el permiso de salida en cualquier consulado, para esto deberá cumplir los siguientes requisitos.

Requisitos para solicitar el reconocimiento de firma

Estos son los requisitos para realizar el trámite.

  • Presentar el permiso de salida en los términos exigidos por la Ley de la Infancia y Adolescencia, en el cual se indique:
  • Nombre completo del menor de edad y número de identidad.
  • Lugar de destino
  • Propósito del viaje
  • Fecha de salida y regreso al país
  • Nombres, apellidos y número del documento de identificación de quien va a viajar con el menor de edad.
  • Presentar una copia del registro civil de nacimiento del menor de edad.
  • Presentar la cédula de ciudadanía en formato vigente.
  • En caso de tener contraseña presentar comprobante de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía en trámite (contraseña), con la consulta en línea de la fecha de expedición del documento, que se puede descargar a través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Si el padre o la madre es extranjero deberá presentar pasaporte vigente.

Esta autenticación es obligatoria ya que la exige la ley de infancia y adolescencia Ley 1098 del 2006.

Enlace | cancilleria.gov.co



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