Prórroga de estancia por estudios,intercambio de alumnos,prácticas no laborales o servicios de voluntariado

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica la Prórroga de estancia por estudios,intercambio de alumnos,prácticas no laborales o servicios de voluntariado, con el objetivo de facilitar la información para mejorar la tramitación de la citada prórroga.

Prórroga de estancia por estudios,intercambio de alumnos,prácticas no laborales o servicios de voluntariado :

Se trata de la prórroga anual de la autorización para realizar en España estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado
También se autoriza la prórroga anual de la estancia de los familiares de los extranjeros en situación de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.

Requisitos :

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.
    Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
    No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.
  • Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares
    Contar con un seguro público o privado de enfermedad que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.
    En el supuesto de estudiantes menores de edad que no estén acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos.
    Acreditar que se siguen reuniendo los requisitos específicos respecto de a la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España
  • Haber superado las pruebas para la continuidad de sus estudios, o continuar con las prácticas no laborales o continuar los servicios de voluntariado. Este requisito podrá acreditarse a través de la realización de estudios o investigaciones en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea, en el marco de programas temporales promovidos por la propia Unión.

Documentación a aportar :

  1. Modelo oficial (EX-00)
  2. Pasaporte o título de viaje en vigor.
  3. Documentación acreditativa de disponer medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia.
  4. En el supuesto de estudiantes menores de edad, autorización de padres o tutores en la que conste el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto
  5. Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.
  6. Documentación acreditativa de reunir los requisitos específicos respecto de la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España.
  7. En su caso, documentación acreditativa de haber superado las pruebas y continuar con los estudios, la investigación o formación, las prácticas no laborales o el servicio de voluntariado.

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