Plusvalía Municipal para Extranjeros

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone brevemente la Plusvalía Municipal para Extranjeros.

Plusvalía Municipal para Extranjeros

La plusvalía municipal también denominada Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), el cual es un impuesto directo, de devengo instantáneo, municipal y cuyo establecimiento es voluntario por los ayuntamientos, a quienes corresponde íntegramente su gestión.

Este impuesto se encarga de gravar el incremento de valor que se haya experimentado en un período máximo de 20 años  por los terrenos de naturaleza urbana o por los terrenos que estén integrados en aquellos inmuebles que cuentan características especiales (como son los aeropuertos, embalses, centrales eléctricas, etc.).

Este tipo de impuesto se pondrá de manifiesto cuando se realice:

-La transmisión de una propiedad por cualquier título.

-La constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre dichos terrenos.

En la venta de inmuebles se genera igualmente la plusvalía municipal por el aumento de valor que experimenta el inmueble bien sea con el paso de los años o con remodelaciones que se le hagan, es por ello que hay que establecer cuál es la diferencia entre el valor del suelo en el momento de venta y el del momento de la compra. Con base en esta diferencia de valor se aplicará el impuesto, el cual dependerá de la zona en la que se encuentre la propiedad, y deberá ser abonado en los 30 días siguientes al cierre de la venta.

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