Límites al Derecho de Acceso
Existen ciertos límites al derecho de acceso que están contemplados en la legislación de diferentes países. Estos límites buscan proteger la privacidad, seguridad o intereses de terceros, así como información confidencial o datos sensibles. El acceso a determinada información puede ser restringido si se considera que podría afectar negativamente a alguna persona o institución.
Uno de los límites más comunes al derecho de acceso es el secreto profesional, el cual protege la información confidencial obtenida por ciertas profesiones, como abogados, médicos o periodistas. Otro límite es el derecho de autor, el cual protege la propiedad intelectual y permite a los creadores controlar el acceso y uso de sus obras.
Además, ciertos documentos gubernamentales pueden ser clasificados como reservados o secretos por motivos de seguridad nacional, lo que limita su acceso al público. Otros límites incluyen el anonimato en internet, la protección de datos personales y la limitación de acceso a información que pueda ser considerada difamatoria o perjudicial para el bienestar de la sociedad. Es importante encontrar un equilibrio entre el derecho de acceso a la información y la protección de otros derechos e intereses legítimos.
El Ministerio de la Presidencia, nos explica a través de la Ley de Transparencia,Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, los Límites al derecho de acceso a la Información pública, a fin y efecto de informar y comunicar quiénes tienen acceso a la citada información.
Límites al derecho de acceso :
El derecho de acceso podrá ser restringido cuando acceder a la información suponga un perjuicio para:
a) La seguridad nacional.
b) La defensa.
c) Las relaciones exteriores.
d) La seguridad pública.
e) La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
f) La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva.
g) Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.
h) Los intereses económicos y comerciales.
i) La política económica y monetaria.
j) El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial.
k) La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión.
l) La protección del medio ambiente.
2. La aplicación de los límites será justificada y proporcionada a su objeto y finalidad de protección y atenderá a las circunstancias del caso concreto, especialmente a la concurrencia de un interés público o privado superior que justifique el acceso
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