Exentos de recuperar la Nacionalidad Española

El Ministerio del Interior nos explica el caso de los exentos de recuperar la nacionalidad Española, a fin y efecto de aclarar tan importante tema.

Exentos de recuperar la nacionalidad española

No podrán recuperar o adquirir, en su caso, la nacionalidad española, sin previa habilitación concedida discrecionalmente por el Gobierno, los españoles que no lo sean de origen:

  1. Que hubieran perdido la nacionalidad por haber utilizado exclusivamente durante un periodo de tres años la nacionalidad a la que declararon renunciar al adquirir la nacionalidad española.
  2. Que hubieran perdido la nacionalidad española por entrar voluntariamente al servicio de las armas o ejercer cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.
  3. Cuando la sentencia firme declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

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Un comentario

  1. Buenos dias,quisiera si esta dentro de sus posibilidades me pudiera ayudar orientandome como obtener la ciudadania espanola,soy ciudadana cubana,nieta de espanoles legitimos,mi madre nunca ha podido obtener la misma por un error en uno de los nombres en la inscripcion de nacimiento de su mamá la cual fue inscrita en las palmas,saludos y muy agradecida si en algo me pueda ayuadar…muchas gracias

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