El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEISS) nos expone brevemente el tema de las Vacaciones y Fiestas.
Vacaciones y Fiestas
Es el período obligatorio de descanso continuado durante varios días al año. Está retribuido con cargo a la empresa.
En ningún caso, la duración puede ser inferior a 30 días naturales, es decir, incluidos domingos y festivos.
El período de vacaciones se pacta en convenio colectivo o contrato individual.
Son períodos sin trabajo y sin retribución económica que el empleado solicita y que el empresario puede o no conceder, pero siempre se realizarán en acuerdo individual o colectivo.
Las licencias sin sueldo no están reguladas legalmente. Exponemos a continuación algunos de los criterios más habituales que se aplican en convenios colectivos:
Se contempla para facilitar la promoción y la formación profesional de los trabajadores.
La norma establece que si los empleados cursan estudios tienen derecho a:
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Bueno, eso de pueblo en ctnauo a escala supongo que es igual que cuando en Madrid decimos este1 a aqued al lado , es decir, media hora de paso re1pido.@carmncitta, nebulina: Si no fuera a disfrutarlo no soportareda las casi ocho horas de autobfas de ida y las casi ocho horas de autobfas de vuelta.Digamos que ya se9 lo que voy a encontrar alled.