ver borrador año 2013
A partir de esta fecha, el contribuyente tenía la posibilidad de aceptar, modificar o renunciar al borrador propuesto por la Agencia Tributaria. Si se decide aceptar el borrador y el resultado es a pagar, se puede domiciliar el pago o realizarlo a través de un pago electrónico. Sin embargo, si el contribuyente quiere modificar el borrador, puede hacerlo a través de la página web de la Agencia Tributaria o mediante la presentación de una declaración complementaria. Es importante tener en cuenta que el plazo para presentar la declaración del IRPF correspondiente al año 2013 finalizó el 1 de julio de 2014. En caso de que el contribuyente no haya presentado la declaración, la Agencia Tributaria puede iniciar un procedimiento de comprobación y sancionar al contribuyente por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales.
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