Tributacion Venta Inmueble con Pago Aplazado por un no Residente

En España, la tributación por la venta de un inmueble con pago aplazado por un no residente se rige por las normativas establecidas en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). En este caso, el vendedor no residente debe declarar los ingresos obtenidos por la venta en el país donde está domiciliado fiscalmente y también en España, por tratarse de un bien ubicado en territorio español.

En cuanto a la tributación, el vendedor no residente deberá pagar el impuesto sobre la renta correspondiente al porcentaje que le corresponda del precio total de la venta según su tipo impositivo. Este impuesto se debe declarar en el plazo de un mes a partir de la fecha de la venta del inmueble y debe presentarse a través del modelo 210. En este caso, el tipo impositivo es del 19% sobre la ganancia patrimonial obtenida en la operación de venta.

SITIOS WEB

www.mpt.gob.es

El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.

www.map.es

Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

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