supuestos de estar exento de presentar el modelo 347

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar las empresas y profesionales españoles en caso de haber realizado operaciones comerciales con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros en el año anterior. Sin embargo, existen ciertos supuestos en los que es posible estar exento de su presentación.

Otro supuesto de exención se produce cuando las operaciones se hayan realizado con clientes que estén incluidos en el régimen de devolución mensual del IVA. En este caso, la Agencia Tributaria ya dispone de la información sobre estas operaciones a través del modelo 340, por lo que no es necesario presentar el modelo 347.

Es importante destacar que aunque en estos supuestos se está exento de presentar el modelo 347, es necesario contar con la documentación y registros que justifiquen esta exención en caso de ser requeridos por la Agencia Tributaria. Por lo tanto, es importante estar al tanto de los requisitos y mantener una correcta gestión de la documentación sobre las operaciones comerciales realizadas en el año anterior.

SITIOS WEB

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

www.mpt.gob.es

El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

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