solicitud y recojida inmediata
El procedimiento se inicia con una resolución administrativa en la que se comunica al contribuyente la deuda tributaria y se le concede un plazo de diez días para presentar alegaciones y realizar el pago voluntario. En caso de no cumplir con estas obligaciones, se procede a la solicitud y recolección inmediata, lo que implica la realización de un embargo de bienes y derechos para garantizar el cobro de la deuda.
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