reducción para unidades familiares que opten por la tributación conjunta
Para poder optar por la tributación conjunta, es necesario cumplir con algunos requisitos, como estar casado o ser pareja de hecho, tener una residencia habitual común y haber estado casados o inscritos como pareja de hecho durante todo el año fiscal, entre otros. En caso de no cumplir con alguno de estos requisitos, no será posible aplicar la tributación conjunta.
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Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
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El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
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