Reduccion 40% Rendimientos Irregulares
Para poder aplicar la reducción del 40%, es necesario que estos rendimientos irregulares sean calificados como tales por la Agencia Tributaria. Por lo tanto, no todos los ingresos que se reciban de forma no habitual pueden acogerse a este beneficio fiscal.
Cabe mencionar que esta reducción del 40% solo es aplicable a los rendimientos irregulares que no superen los 300.000 euros anuales. Si se supera esta cantidad, el excedente debe declararse y tributarse a través de la escala progresiva del IRPF normalmente.
SITIOS WEB
www.minhap.es
La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
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