que semnifica ASCENDIENTES MAYORES DE 65 AÑOS O DISCAPACITADOS QUE CONVIVEN CON EL CONTRIBUYENTE:

Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España, los ascendientes mayores de 65 años o discapacitados que conviven con el contribuyente pueden tener un impacto importante en la declaración de la renta. Esto se debe a que, en este caso, el contribuyente puede tener derecho a aplicar ciertas deducciones y reducciones fiscales que le permitan reducir la cantidad a pagar en su declaración.

La principal ventaja de tener a ascendientes mayores de 65 años o discapacitados conviviendo con el contribuyente es la posibilidad de aplicar una deducción por ascendientes o por discapacidad, respectivamente. En el caso de los ascendientes, esta deducción puede ser de hasta el 100% de las cantidades invertidas en la atención a su persona, siempre y cuando no superen los 1.000 euros al año. En el caso de los discapacitados, la deducción puede ser de hasta el 100% de las cantidades invertidas en su atención y cuidado, con un límite máximo de 1.200 euros al año.

En resumen, tener ascendientes mayores de 65 años o discapacitados conviviendo con el contribuyente puede tener un impacto significativo en la declaración de la renta, ya que se pueden aplicar varias deducciones y reducciones fiscales que permiten reducir la cantidad a pagar en la declaración. Es importante tener en cuenta que, para poder aplicar estas ventajas fiscales, se debe cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación correspondiente en la declaración de la renta.

TRÁMITES EXTRANJERÍA

Tasas de Extranjeria

Tasas de Extranjería. Puedes rellenar, descargar e imprimir las Tasas de Extranjería a través de los sitios web www.mpt.es y www.mpt.gob.es.

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La autorización de regreso es el documento que autoriza a los ciudadanos extranjeros residentes en España a salir del territorio español y poder regresar de nuevo en un período máximo de 90 días.

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